Firma Electrónica

Empresas y particulares debemos de firmar múltiples documentos a lo largo de nuestra vida y en muchos casos contratos por los cuales nos obligamos frente a terceros a hacer algo, por lo que podemos o no percibir un beneficio.

Hasta hace unos años la forma de validad dichos documentos era plasmar una firma, o lo que es lo mismo hacer un garabato de manera manual sobre dicho documento, es cierto que según la transcendencia de los documentos debía haber una tercera parte; notarios, administración, etc.; que corroborase que los firmantes eran quienes decían ser y que aceptaban de buena fe y sin coacción lo que en dicho documentos se recogía.

Con la llegada de la era digital, se han creado nuevas formas de realizar firmas adaptadas a cada una de las necesidades y con un valor legal diferente.

Lo que nos atañe en este momento es saber que tipo de firmas hay y como se pueden llevar a cabo. Y para ello debemos de tener en cuenta que hay tres tipos de firma electrónica:

Firma Electrónica Simple.

La firma electrónica simple es aquella que permite identificar digitalmente al firmante con sus datos, pero ofrece un escaso nivel de seguridad.

Un ejemplo de esta firma es aquella que usamos en la mayoría de formularios web cuando marcamos la casilla de verificación a través de la cual se acepta la política del tratamiento de datos.

El problema de dicha firma es que no permite identificar de manera inequívoca al firmante, por lo que su validez legal no está asegurada.

Firma Electrónica Avanzada.

Los requisitos para este tipo de firma según el artículo 26 del reglamento serían:

  •  Estar vinculada al firmante de manera única;
  •  Permitir la identificación del firmante;
  •  Haber sido creada utilizando datos de creación de la firma electrónica que el firmante puede utilizar, con un alto nivel de confianza, bajo su control exclusivo,
  •  Estar vinculada con los datos firmados por la misma de modo tal que cualquier modificación ulterior de los mismos sea detectable.

La firma electrónica avanzada presenta un mayor nivel de seguridad, ya que, permite identificar al firmante de forma única con el documento electrónico, y el posterior registro de firma y aceptación por parte del mismo, con el fin de evitar cualquier modificación posterior sobre el documento.

Las tres primeras requisitos se centran en verificar que el firmante es quien dice ser y no un tercero, mientras que la última se centra en la validez del documento firmado o lo que es lo mismo, que la firma vaya asociada a dicho documento y que si dicho documento es modificado la firma pierda todo su valor, esto último se suele conseguir mediante la obtención de un Hash del documento, que viene a ser un «resumen encriptado» que sólo se puede obtener de dicho documento y nunca de otro, el cual es incluido en la firma digital además de con otros datos como puede ser un sello de tiempo.

Un ejemplo de dicha firma son las aplicaciones que nos envían un acceso al documento a firmar a nuestro correo electrónico y una vez accedido y vayamos a firmar nos envíen un código a nuestro teléfono móvil para validar la firma. Algunos operadores de telecomunicaciones usan este método para la firma de contratos.

Firma Electrónica Cualificada

La firma electrónica cualificada comparte todas las características de la firma electrónica avanzada, al estar vinculada al firmante de forma única e intransferible y ligada al documento de tal manera que no pueda alterarse posteriormente, pero se diferencia en que esta tiene que ser creada por un certificado electrónico que valida la identificación del firmante de forma inequívoca y que debe ser expedido por una Autoridad de certificación, lo que repercute en que sea un método muy seguro y completo.

Es sin duda la de mayor valor legal tiene,  y es que para poder hacer uso de ella debemos de contar con un certificado electrónico expedido por un tercero de confianza, el cual garantice que el firmante es quien dice ser. Para ello en el procedimiento de obtención es requisito personarse e identificarse para la obtención del mismo. No podemos perder de vista que una vez que dicha entidad nos expide el certificado digital somos nosotros los responsables de su cuidado y custodia. Debemos ser nosotros quienes no permitamos su uso a otras personas. ¿Cuántos certificados personales están instalados sin contraseña en los mismo dispositivos y accesibles a todos aquellos que usen dichos dispositivos? Sin comentarios.

Sin duda, es el certificado que acompaña al DNI el que más personas tienen en España, no diría que es el que más se usa.

Fuentes:

Artículo creado por Gustavo García Gómez
Fue publicado el 23 noviembre 2023
Temas relaccionados: Redes

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